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Fidias David Cuevas Fidias David Cuevas Author
Title: Salud Pública prohibirá anuncios de afrodisíacos "milagrosos" y otros engaños
Author: Fidias David Cuevas
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De: Acento.com.do SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Ministerio de Salud Pública discute un proyecto de reglamento para normar la pub...

Salud Pública prohibirá anuncios de afrodisíacos "milagrosos" y otros engaños
De: Acento.com.do
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Ministerio de Salud Pública discute un proyecto de reglamento para normar la publicidad de medicamentos, productos cosméticos, sanitarios, de higiene personal y del hogar, en el que se establece la censura previa como condición para la divulgación de la publicidad.
En el proyecto se penaliza la publicidad engañosa, la publicidad ofensiva de los valores de la feminidad y la masculinidad y se otorga un papel preponderante a Proconsumidor en la defensa de los intereses de la ciudadanía en materia de publicidad.
El pasado 29 de junio la Dirección General de Drogas y Farmacias del Ministerio de Salud Pública realizó un taller de discusión del anteproyecto. Los sectores involucrados fueron invitados a debatir el reglamento y a presentar por escrito sus recomendaciones. Quien coordina la socialización es licenciada María Villa de Pina.
El objetivo de la norma es regular el control sanitario de la publicidad de medicamentos, cosméticos, productos sanitarios, de higiene personal y del hogar, conforme el procedimiento de registro sanitario, hayan sido calificados como publicitables.
La aplicación de la norma corresponde al Ministerio de Salud Pública, y se sustenta en la Constitución, en la Ley General de Salud Pública 42-01, en la Ley de Seguridad Social 87-01, la ley de Protección al Consumidor 858-05, la ley sobre drogas y sustancias controladas 50-88, el decreto 246-06 sobre medicamentos y el decreto 626-06 que modifica algunos artículos del decreto 246-06.
La propuesta de norma excluye algunos casos en los cuales no aplica el reglamento. Por ejemplo, cuando se trata de mera publicidad informativa sobre medicamentos, los originales o traducciones de artículos científicos, el etiquetado o prospecto de los medicamentos o las respuestas o aclaraciones de los laboratorios.
"Se prohibe la publicidad que sugiera potencia y rendimiento físico, sexual, intelectual y emocional, así como la publicidad que haga exaltación de la hombría o la feminidad del público al que va dirigida o que contenga elementos denigrantes o discriminatorios"
La norma requiere que la publicidad de medicamentos promueva su uso racional, que se limite a su carácter informativo y no a la persuasión. También requiere que toda publicidad de medicamentos requerirá de una autorización previa de la Dirección General de Drogas y Farmacias del Ministerio de Salud Pública.
El reglamento prohíbe la publicidad que no cumpla con las normas, la de materias primas, la publicidad que sea modificada sin el consentimiento de las autoridades, la que incite a no recurrir al médico o que incite el tratamiento por correspondencia, por Internet o por teléfono, la publicidad que utilice en forma abusiva, engañosa representaciones o alteraciones del cuerpo humano producidas por enfermedades o lesiones. La publicidad que utilice expresiones con fuerte apego emocional, capaces de causar miedo o angustia o la que sugiera que la persona puede verse afectada por no tomar tales medicamentos.
También se prohibe la publicidad que sugiera potencia y rendimiento físico, sexual, intelectual y emocional, así como la publicidad que haga exaltación de la hombría o la feminidad del público al que va dirigida o que contenga elementos denigrantes o discriminatorios.
También prohíbe la entrega de muestras médicas en colmados, colmadotes, estaciones de gasolina, moteles y en otros lugares públicos, con la excepción de los centros previamente autorizados por el Ministerio de Salud Pública.
Sectores que conocen la discusión entienden que el gobierno la ha introducido en forma sigilosa y que con ello pretende establecer censura previa, lo que sería contrario a la Constitución de la República.
“Es una propuesta de censura previa a la publicidad y por la forma en que se está manejando parece estar bastante adelantada su discusión hacia lo interno del gobierno”, dijo una fuente a Acento.
En reglamento tiene un fuerte componente restrictivo, tomando en cuenta el libertinaje en la publicidad engañosa con medicamentos y los abusos que diariamente se cometen contra los consumidores.

809-454-5500

 
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